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TRAMITES DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Team

En esta sección encontrará los requisitos para la realización de los trámites de tránsito.

 

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01. Documentos Básicos Para Trámites

Tenga en cuenta que para realizar trámites de Tránsito, debe tener presente algunos documentos importantes:

  • El propietario deberá estar inscrito en el RUNT.

  • Formulario de Solicitud de Trámites debidamente diligenciado con firmas e improntas adheridas al respaldo.

  • Licencia de Tránsito (Tarjeta de Propiedad) o manifestación por escrito de no poseerla

  • Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito

  • SOAT vigente.

  • Estar a paz y salvo de impuestos. Para vehículos de servicio público deberá aportar la copia del recibo de pago de las dos últimas vigencias. (Requisito sólo para trámites de Traspaso, Traslado de Cuenta y Matricula Inicial).

  • Revisión técnico mecánica vigente. 

  • Pago de los derechos por concepto del trámite.

  • Si el interesado es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.

  • Autorización o poder especial en caso de que el interesado no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito en el RUNT.

 

02. Cambio de Características

Requisitos Básicos

  • El propietario deberá estar inscrito en el RUNT.

  • Formulario de Solicitud de Trámites debidamente diligenciado con firmas e improntas adheridas al respaldo. (Descargue aquí).

  • Licencia de Tránsito (Tarjeta de Propiedad) o manifestación por escrito de no poseerla

  • Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito

  • SOAT vigente.

  • Revisión técnico mecánica vigente. (Verificar aquí)

  • Pago de los derechos por concepto del trámite.

  • Si el interesado es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.

  • Autorización o poder especial en caso de que el interesado no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito en el RUNT.

Nota: Si el cambio de características corresponde a un vehículo público el usuario deberá aportar copia del recibo de pago de impuestos a partir del 2018 y en adelante.

Requisitos adicionales según el motivo de cambio de características

CAMBIO DE CARROCERÍA:

  • Factura de compra que acredite la procedencia de la carrocería

  • Ficha técnica de homologación de la nueva carrocería la cual debe estar homologada para el chasis del vehículo al que se le pretende instalar.

  • Si la carrocería es usada se deberá validar la procedencia de la misma aportando contrato de compraventa.

CONVERSIÓN A GAS NATURAL:

  • Certificado de la entidad autorizada por el Ministerio de Minas y Energía en el que conste la conversión.

  • Improntas adheridas en el certificado.

CAMBIO DE MOTOR:

  • Factura de compraventa.

  • Declaración de importación del motor.

  • Cuando el motor no es nuevo el Organismo de Tránsito valida la existencia del contrato de compraventa, donde deberá estar completamente identificado el motor y la certificación emitida por la DIJIN en la que constate su procedencia. 

CAMBIO DE COLOR:

  • Especificar en el formulario de solicitud el nuevo color.

  • Cuando se realiza cambio de servicio público a particular para vehículos especiales no es obligatorio el cambio de color.

BLINDAJE O DESMONTAJE:

  • Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia de Seguridad Privada a través de la cual dicha entidad autorizó blindaje o desmontaje del blindaje (No se requiere para niveles 1 y 2)

  • Certificado de la empresa blindadora que debe estar registrada en la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

REGRABACIÓN DE CHASIS O MOTOR POR DECISIÓN JUDICIAL:

  • Decisión judicial que ordena y autoriza la regrabación

  • Certificado de revisión previa y posterior realizada por la Dijin

  • Improntas de regrabación.

 

03. Cambio de Placa por clasificación del servicio antiguo o clasico

• Propietario debe estar inscrito en RUNT.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
• Licencia de Tránsito o denuncio por pérdida.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones.
• SOAT vigente.
• Revisión técnico mecánica vigente.
• Improntas.
• Pago de los derechos por concepto de trámite.
• Certificación expedida por la entidad especializada en la preservación de vehículos antiguos y clásicos inscrita ante el Ministerio de Transporte que clasifica al vehículo como antiguo o clásico.
• Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
•Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.

 

04. Cambio de Servicio

• Propietario debe estar inscrito en RUNT.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
• Licencia de Tránsito o denuncio por pérdida.
• Tarjeta de operación.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones.
• SOAT vigente.
• Revisión técnico mecánica vigente.
• Improntas.
• Pago de los derechos por concepto de trámite.
• Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.
NOTA: El cambio de servicio sólo se puede realizar de vehículo oficial a particular y viceversa
• Los únicos tipos de vehículos de servicio público que pueden realizar cambio de servicio a particular son los tipo taxi, pero no tendrán derecho a reposición.

 

05. Cancelación de Matrícula

Requisitos básicos

  • El propietario deberá estar inscrito en el RUNT.

  • Formulario de Solicitud de Trámites debidamente diligenciado con firmas e improntas adheridas al respaldo. (Descargue aquí).

  • Licencia de Tránsito (Tarjeta de Propiedad) o manifestación por escrito de no poseerla

  • Pago de los derechos por concepto del trámite.

  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.

  • Autorización o poder especial en caso de que el interesado no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito en el RUNT.

  • Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito.

POR DESINTEGRACIÓN:

  • Previamente se debe haber realizado la solicitud de desintegración ante la Secretaría de Movilidad de Cali y esta debe haber sido aprobada

  • Certificación emitida por la empresa desintegradora.

  • Certificado de la revisión técnica realizada por la Dijin.

  • La solicitud de desintegración y/o cancelación de matrícula de vehículos de servicio público solo se radica en la Sede Carrera.

POR PÉRDIDA TOTAL EN UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO:

  • Certificación ténica de la Dijin

  • Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total (Aseguradora, perito, autoridad de tránsito o por la autoridad judicial).

  • Registro fotográfico del accidente de tránsito en el lugar de los hechos. 

  • Informe del accidente de tránsito (IPAT) registrado en la plataforma HQRUNT.

POR PÉRDIDA TOTAL EN CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR:

  • Certificado de la ocurrencia del hecho expedida por la entidad administrativa de la jurisdicción donde se haya presentado el caso fortuito o de fuerza mayor.

  • Certificación técnica de la Dijin

  • Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total (Aseguradora, perito, autoridad de tránsito o por la autoridad judicial)

  • Registro fotográfico que demuestre el caso fortuito o de fuerza mayor

POR HURTO:

  • Denuncia instaurada ante la autoridad competente por el hurto del vehículo. 

  • Certificación expedida por la autoridad judicial, que constate que se desconoce el paradero final del vehículo (también se conoce como acta de no recuperado).

 

06. Carta Cupo

• Certificado de No reposición diligenciando por el propietario del vehiculo quien cancela la matricula.
• Fotocopia de factura que expide el consecionario.
• Fotocopia de declaración de importación o certificado individual de empadronamiento.
• Carta de aceptación de la empresa a la cual se afiliará el vehiculo que ingresa, firmada por el representante legal.

Se expide sólo para taxis y siempre es por reposición. El vehículo que sale del parque automotor debe tener legalizada cancelación de matrícula por hurto o desintegración total.

 

07. Cesión de Prenda

• Propietario debe estar inscrito en RUNT.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
• Licencia de Tránsito o denuncio por pérdida.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito.
• SOAT vigente.
• Revisión técnico mecánica vigente.
• Carta de cesión.
• Pago de los derechos por concepto de trámite.
• Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.

 

08. Duplicado de licencia de tránsito o de tarjeta de registro

  • Propietario debe estar inscrito al RUNT.

  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado y firmado.

  • Denuncio por la pérdida o el hurto.

  • Paz y salvo por concepto de infracciones.

  • SOAT vigente.

  • Pago de los derechos por concepto de trámite.

  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.

  • Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.

Nota: En caso de deterioro, deberá entregar la original y recibir la nueva.

 

09. Duplicado de Placas

• Propietario debe estar inscrito en RUNT.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado.
• Paz y salvo por concepto de infracciones.
• SOAT vigente.
• Pago de los derechos por concepto de trámite.
• En caso de deterioro el usuario debe aportar las placas para que se le entreguen las nuevas.
• Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.
• En caso de pérdida o hurto debe aportar denuncio

 

10. Inscripción de Prenda

• Propietario debe estar inscrito en RUNT.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado con firmas e improntas adheridas al respaldo.
• Licencia de Tránsito o manifestación por escrito de no poseerla.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito.
• SOAT vigente.
• Revisión técnico mecánica vigente.
• Contrato de prenda original debidamente diligenciado y firmado por las partes (Deudor y acreedor prendario) junto con el certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a noventa (90) días con respecto a la fecha de expedición del contrato.
• Pago de los derechos por concepto de trámite.
• Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.

 

11. Matrícula Inicial

• El propietario deberá estar inscrito en el RUNT, si no está inscrito este proceso se realizará simultáneo al trámite.
• Paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado, con firmas e improntas del automotor.
• Facturas de venta con las improntas adheridas.
• SOAT vigente.
• Original del certificado individual de aduana o copia de la declaración de importación según el caso.
• Pago de los derechos por concepto del trámite.
• Acreditar pago de impuesto de la vigencia actual.

 Adicional a los documentos básicos para trámites, deberá adjuntar los siguientes requisitos según su situación:

 

VEHÍCULO VENDIDOS O DONADOS POR MISIONES DIPLOMÁTICAS:

Si el vehículo fue adquirido en Colombia:

  • Autorización de venta o donación otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

 Si el vehículo fue importado:

  • Declaración de importación inicial y modificatoria

  • Factura de venta del País de origen, figurando como importador el adquirente o donatario de la declaración de importación inicial y modificatoria

  • Autorización de venta del Ministerio de Relaciones Exteriores.

VEHÍCULOS IMPORTADOS POR FUNCIONARIOS COLOMBIANOS AL TÉRMINO DE UNA MISIÓN DIPLOMÁTICA EN EL EXTERIOR:

  • Factura del País de origen

  • Declaración de importación.

  • Documento que acredite la disponibilidad del cupo asignado por Ministerio de Relaciones Exteriores.

  • El vehículo importado debe ingresar al país dentro de los seis (6) meses siguientes a la cesación de las funciones del diplomático en el exterior. 

VEHÍCULOS DONADOS POR ENTIDADES EXTRANJERAS PÚBLICAS O PRIVADAS A LOS CUERPOS  DE BOMBEROS OFICIALES O VOLUNTARIOS:

  • Documento soporte de la donación

  • Declaración de la importación. 

  • Concepto favorable de Revisión Técnico Mecánica por autoridad competente

  • El vehículo debe tener una vida de servicio inferior a veinte (20) años contados a partir del año modelo.

VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO:

  • Certificado de disponibilidad de capacidad transportadora o concpeto de ingreso expedido por la autoridad competente.

  • Carta de aceptación de la empresa que lo vincula.

  • Para los vehículos colectivos presentar fichas técnicas de Homologación

  • Para la matrícula de un vehículo tipo taxi por reposición no debe haber transcurrido un año contado a partir de la cancelación.

VEHÍCULOS REMATADOS O ADJUDICADOS POR ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO Y QUE NO FUERON REGISTRADOS:

  • Acta de adjudicación o remate en la que conste su procedencia y las características de identificación del vehículo.

  • Las entidades que rematan o adjudican expedirán un acta por cada vehículo para efectos de la matrícula.

  • El vehículo adjudicado a favor de persona natural o jurídica de derecho privado, deberá ser registrado en el servicio particular.

VEHÍCULOS BLINDADOS:

  • Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

  • Certificado de la empresa blindadora

  • Para los vehículos con blindaje nivel 1 y 2 sólo se requerirá el certificado de la empresa blindadora que debe estar registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

VEHÍCULOS PARTICULARES O PÚBLICOS DE CARGA CON MÁS DE 10500 DE PBV:

  • Fichas técnicas de Homologación.

  • Se validará en el RUNT la autorización del Ministerio para el registro del vehículo.

 

12. Tarjeta de Operación

• Solicitud por escrito por parte de la empresa afiliadora
• Fotocopia de la licencia de Tránsito o denuncio por pérdida.
• Fotocopia SOAT
• Poliza extracontractual y contractual vigente
• Fotocopia de la revision técnico mecánica vigente
Cuando se requiere duplicado de Tarjeta de operación se debe anexar el denuncio por perdida de la misma

 

13. Traslado de Cuenta

• El propietario deberá estar inscrito al RUNT
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado con firmas e improntas adheridas al respaldo, indicando la solicitud de traslado de matrícula y el organismo de tránsito a donde se pretende trasladar.
• Licencia de tránsito o manifestación por escrito de no poseerla.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito.
• SOAT vigente.
• Revisión Técnico Mecánica vigente.
• Estar a paz y salvo de impuestos. Para vehículos de servicio público deberá aportar la copia del recibo de pago de las dos últimas vigencias.
• Pago de los derechos por concepto del trámite.
• Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.

Adicional a los requisitos básicos, deberá adjuntar los siguientes requisitos según su situación:

Para Vehículos de transporte colectivo mixto, metropolitano, distrital y municipal de pasajeros:

  • Autorización de la autoridad de transporte del municipacio receptor de la matrícula. (Concepto favorable lo expide la autoridad de tránsito o la Alcaldía del Municipio).

  • El traslado se debe efectuar para reporner un vehículo de la misma modalidad

  • Que el vehículo a reponer sea desintegrado físicamente y la matrículada cancelada.

Nota: Los vehículos tipo taxi no pueden realizar traslado de cuenta.

 

14. Traspaso

REQUISITOS BÁSICOS PARA TRASPASO:

  • Vendedor y comprador deben estar inscritos en RUNT.

  • Formulario de solicitud de trámites debidamente diligenciado, con firmas e improntas al respaldo. 

  • Contrato de compraventa o documento soporte original que acredite la transferencia del vehículo.

  • Estar a Paz y Salvo por concepto de infracciones, tanto vendedor como comprador.

  • Licencia de tránsito o manifestación por escrito de no poseerla.

  • SOAT vigente.

  • Revisión técnico mecánica vigente.

  • Paz y salvo de impuestos de todos los años de vida del automotor.

  • Pago de los derechos por concepto de trámite, incluyendo retención en la fuente.

  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días .

  • Autorización o poder especial en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT. 

NOTA: No se realiza cobro de retención en la fuente para los siguientes casos:

- Cuando el vendedor es persona jurídica.

- Cuando se realiza traspaso por hurto a la compañía aseguradora. 

- Cuando se realiza traspaso por remate. 

- Cuando se realiza traspaso por sucesión. 

 

ADICIONAL A LOS DOCUMENTOS BÁSICOS PARA TRÁMITES, DEBERÁ ADJUNTAR LOS SIGUIENTES REQUISITOS SEGÚN SU SITUACIÓN:

 

VEHÍCULO DE SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS Y MIXTO:

  • Contrato de cesión de derecho de vinculación o afiliación suscrito por el cedente, cesionario y la aceptación de la empresa. 

VEHÍCULO CON GRAVAMEN A LA PROPIEDAD:

  • Carta de levantamiento del gravamen o autorización otorgada por el acreedor donde acepta el traspaso al nuevo propietario. 

TRASPASO A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS:

  • Debe solicitar simultáneamente la cancelación de la matricula

  • Denuncia penal por hurto.

TRASPASO DE VEHÍCULO BLINDADO:

  • Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad a través de la cual se autoriza al nuevo propietario el uso del vehículo blindado. (No se requiere para blinda 1 y 2)

TRASPASO PRODUCTO DE UNA DECISIÓN JUDICIAL O ADMINISTRATIVA:

  • Sentrencia judicial o acto administrativo de adjudicación con las improntas adheridas

 TRASPASO POR SUCESIÓN:

  • Sentencia o escritura pública con sello de protocolización a través de la cual se acredita el respectivo derecho.

TRASPASO A PERSONA INDETERMINADA:

  • En el formulario se debe registrar como comprador "Persona Indeterminada"

  • Documento suscrito por el propietario donde manifieste la fecha, las razones por las cuales perdió posesión del vehículo y desconoce su paradero. 

  • Deben haber transcurrido como mínimo 3 años desde el momento que se dejó de ser el poseedor.

NOTA Transcurrido 3 años se realiza la cancelación de matrícula. 

Si el interesado desea realizar traspaso a su favor

  • Solicitud de revocatoria del traspaso indeterminado

  • Documento que demuestre la posesión del vehículo.

 

15. Cambio de Infractor

Requisitos para realizar el trámite de Cambio de Infractor:

  • Carta de autorización por parte del propietario autorizando al conductor para realizar el cambio de infractor.

  • Copia de cédula del propietario.

  • Original y fotocopia de la cédula del conductor.

  • Licencia de conducción original y vigente del conductor.

  • En caso que el propietario sea persona jurídica se debe aportar Cámara y Comercio NO mayor a treinta (30) días.

  • Para personas jurídicas la carta con membrete y sello, firmada por el representante. 

 

16. Levantamiento de Prenda

 

• Licencia de Tránsito o denuncio por pérdida.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado, con firmas e improntas al respaldo.
• Licencia de Tránsito o manifestación por escrito de no poseerla.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de Tránsito.
• SOAT vigente.
• Revisión Técnico Mecánica vigente.
• Documento original en el que instruya el levantamiento de la pignoración o prenda, en la cual no pueda tener fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario con relación al certificado de existencia y representación legal.
• Pagos de los derechos por concepto de trámite.
• Si el propietario es persona jurídica, deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el propietario no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito en el RUNT.

Se validará que exista el registro del Levantamiento en el RNGM del sistema RUNT, el cual debió ser notificado directamente por el Registro Nacional de Garantías Mobiliarias al sistema RUNT y visible en la consulta ciudadana de la página WEB del mismo. En la pestaña "Garantías a favor de" se podrá consultar si el vehículo tiene prendas, los nombres de los acreedores prendarios, la fecha de inscripción y si existe o no en Confecámaras.

 

17. Radicado de cuenta

• El propietario deberá estar inscrito al RUNT.
• Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado con firmas e improntas adheridas al respaldo.
• Licencia de tránsito o manifestación por escrito de no poseerla.
• Estar a paz y salvo por concepto de infracciones de tránsito.
• SOAT vigente.
• Revisión Técnico Mecánica vigente.
• Estar a paz y salvo de impuestos. Para vehículos de servicio público deberá aportar la copia del recibo de pago de las dos últimas vigencias.
• Pago de los derechos por concepto de trámite.
• Si el propietario es persona jurídica, deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días.
• Autorización o poder especial en caso de que el vendedor o comprador no se presente a radicar la solicitud. El autorizado o apoderado también debe estar inscrito ante el RUNT.

Nota: Si no se radica en los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha del traslado, el organismo de tránsito receptor devuelve la documentación al organismo de tránsito de origen.

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