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REGISTRO CIVIL

El registro civil es un instrumento que de manera detallada y fidedigna deja constancia de todos los hechos relativos a la identidad, filiación y estado civil de las personas, desde que nacen hasta que mueren.

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En este registro se inscriben los nacimientos, reconocimientos de hijos, adopciones, matrimonios, separaciones, divorcios, defunciones y declaraciones de presunción de muerte, entre muchos otros acontecimientos que afectan la vida civil de las personas.

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La existencia del registro es esencial para el reconocimiento de sus derechos y la exigencia de sus deberes a todo colombiano en relación con la sociedad y con su familia.


Actualmente existen tres tipos de registro civil: nacimiento, con el que la persona nace a la vida jurídica; matrimonio, con el que se legaliza esta unión frente al Estado, y defunción, con el que se acredita el fallecimiento de una persona.

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El registro de nacimiento es un derecho de todos los niños que le permite ser reconocido legalmente como persona con un nombre y un número único de identificación personal y acceder a los bienes y servicios del Estado.

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Aunque el registro deja constancia de quiénes son los padres del recién nacido, también es posible el registro de las personas de quienes se desconocen sus padres.

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El registro de matrimonio es un requisito esencial para que esta unión exista jurídicamente en Colombia, independientemente del tipo de rito por el cual se haya llevado a cabo.

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Con el matrimonio surgen una serie de derechos y obligaciones para los contrayentes, que solo pueden ser exigidos con el acta de registro, que prueba de la existencia de la unión.

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El registro de defunción se expide para acreditar el fallecimiento de una persona por muerte natural, muerte violenta o presunción de muerte, en los casos en los que ha sido dictado un fallo judicial que así lo establece.

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Con la muerte concluye también la vida civil de las personas y surgen para sus herederos unos derechos sucesorales.

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Además de la expedición de estos registros, también es posible adelantar otros trámites para corregirlos, suscribirlos, anularlos, cancelarlos o reconstruirlos, de acuerdo con determinadas circunstancias.

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TRAMITE: Para tramitar el duplicado de registro civil. solo se necesita los datos del solicitante, la notaria y ciudad donde está registrado. valor tramite desde 30.000 en adelante dependiendo de la ciudad.

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